Contrato
El contrato es un acuerdo de
voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas
con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del
mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y
a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato
es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato
es unilateral. Es el contrato, en suma,
un acuerdo de voluntades que genera «derechos y
obligaciones relativos», es decir, sólo para las partes contratantes y sus
causahabientes. Pero, además del acuerdo de voluntades, algunos contratos
exigen, para su perfección, otros hechos o actos de alcance jurídico, tales
como efectuar una determinada entrega (contratos reales), o exigen ser
formalizados en documento especial (contratos formales), de modo que, en
esos casos especiales, no basta con la sola voluntad. De todos modos, el
contrato, en general, tiene una connotación patrimonial, incluso
parcialmente en aquellos celebrados en el marco del derecho de familia, y
es parte de la categoría más amplia de los negocios jurídicos.
Es función elemental del contrato originar efectos jurídicos (es
decir, obligaciones exigibles), de modo que a aquella relación de sujetos que
no derive en efectos jurídicos no se le puede atribuir
cualidad contractual.
En cada país, o en cada estado, puede existir un
sistema de requisitos contractuales diferente, pero el concepto básico de
contrato es, en esencia, el mismo. La divergencia de requisitos tiene que ver
con la variedad de realidades socio-culturales y jurídicas de cada uno de los
países (así, por ejemplo, existen ordenamientos en que el contrato no
se limita al campo de los derechos patrimoniales, únicamente, sino que
abarca también derechos personales y de familia como, por ejemplo, los países
en los que el matrimonio es considerado un contrato).
LOS CONTRATOS DE TRABAJO SON :
- Contrato individual de
trabajo, es aquel celebrado individualmente entre un trabajador y un
empleador.
- Contrato colectivo de
trabajo, también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT),
es un tipo peculiar de contrato celebrado entre
un sindicato o grupo de sindicatos y uno o
varios empleadores u organizaciones de estos.